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Los ciudadanos que se declaran en bancarrota superan ya en número a las empresas en quiebra
11/02/2020

Los ciudadanos que se declaran en bancarrota superan ya en número a las empresas en quiebra

Como consecuencia del desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad, la cantidad disponible de créditos fáciles al consumo y la desaceleración económica se está produciendo un incremento del número de concursos de acreedores de personas físicas, que es inédito en España

  

En España, por vez primera, se está registrando un mayor número de concursos de acreedores de personas físicas declarados que de empresas. El Boletín Oficial del Estado publicó hace unos días anuncios de declaración de concursos de acreedores de 32 personas físicas, y 20 de empresas. Y al día siguiente el BOE publicó 15 concursos de personas y 9 de empresas, lo cual no había sucedido nunca antes.

La reforma de la Ley Concursal en 2015 y el desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad explican este cambio de tendencia, inédito en el país. Otros factores como el boom de los créditos y tarjetas de consumo que ofrecen microcréditos con elevados intereses, que dejan entrampados a parte de su clientela, o la desaceleración económica, están también detrás de este incremento del número de concursos de personas.

La mayoría de los nuevos concursos de acreedores de personas físicas afectan a autónomos. Es un efecto de la desaceleración económica y de crisis de consumo.

El desarrollo de la Ley de Segunda Oportunidad, que exonera al acreedor del pasivo siempre que no cuente con deudas con Hacienda, entre otros requisitos, ha impulsado el número de concursos de acreedores de personas.

La reforma de la Ley Concursal a través del Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, modificado a su vez por la Ley 25/2015, de 28 de julio, estableció el marco normativo definitivo de la segunda oportunidad. El mecanismo de segunda oportunidad para particulares permite la posibilidad que los deudores de buena fe, sean empresarios o no, queden liberados de las deudas que no puedan pagar.

Con anterioridad a la reforma de la Ley Concursal, el deudor que era persona física y se declaraba en concurso de acreedores veía como se liquidaban sus bienes y como, además, tras el concurso las deudas no satisfechas se mantenían vigentes.

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